Guía · Sanitario · 5 min de lectura
¿Aviso de funcionamiento o licencia sanitaria? Guía para consultorios, clínicas y farmacias
Diferencias entre aviso de funcionamiento y licencia sanitaria, quién necesita responsable sanitario y qué revisar en un consultorio médico o dental.
Respuesta corta
- La Ley General de Salud distingue entre establecimientos que solo dan aviso de funcionamiento y los que requieren licencia sanitaria.
- La diferencia depende del tipo de establecimiento y del riesgo de la actividad.
- Algunos establecimientos deben contar con responsable sanitario.
- Intervienen COFEPRIS y las autoridades sanitarias locales (CDMX: Agencia de Protección Sanitaria; Edomex: COPRISEM).
La diferencia en una frase
El aviso de funcionamiento es una comunicación a la autoridad de que el establecimiento opera; la licencia sanitaria es una autorización que se obtiene antes de operar ciertas actividades de mayor riesgo. Cuál aplica depende del giro, conforme a la Ley General de Salud y sus reglamentos.
Ejemplos frecuentes
- Consultorios médicos y dentales: en general presentan aviso de funcionamiento; pueden tener obligaciones adicionales según los servicios (por ejemplo, rayos X).
- Farmacias: dependen de si manejan medicamentos controlados, lo que puede requerir licencia y responsable sanitario.
- Clínicas y hospitales con quirófano: suelen requerir licencia sanitaria.
- Negocios de alimentos: en general aviso de funcionamiento y cumplimiento de buenas prácticas de higiene.
Estos son ejemplos generales: verifica siempre el supuesto exacto de tu establecimiento.
Responsable sanitario
Ciertos establecimientos deben designar a un profesional como responsable sanitario y dar aviso de esa designación. Cuando cambia, hay que avisar de nuevo.
Checklist para tu consultorio
- Permiso sanitario correcto y a la vista.
- Responsable sanitario, si aplica.
- Títulos y cédulas del personal.
- Expediente clínico conforme a la NOM-004-SSA3-2012.
- Formatos de consentimiento informado.
- Manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos.
- Avisos de privacidad para pacientes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo abrir mi consultorio y presentar el aviso después?
La regla general es presentar el aviso al iniciar operaciones. Revisa el supuesto de tu establecimiento y no lo dejes pendiente.
Fuentes
Esta guía es información general y no sustituye una asesoría sobre tu caso. Las leyes cambian; revisa la fecha de actualización.