Guía · Familia · 6 min de lectura
Pensión alimenticia: ¿cuánto es y cómo se calcula en CDMX y Estado de México?
Por qué no existe un porcentaje fijo de pensión alimenticia, qué toma en cuenta el juez, qué incluyen los alimentos y qué hacer si no se paga.
Respuesta corta
- La ley no fija un porcentaje único: la pensión se determina en proporción a las posibilidades de quien paga y las necesidades de quien recibe.
- Los alimentos incluyen comida, vestido, vivienda, salud y, para menores, educación (Código Civil CDMX, arts. 308 y 311).
- Puede pedirse una pensión provisional desde el inicio del juicio.
- La pensión puede modificarse si cambian las circunstancias.
¿Existe un porcentaje fijo?
Es común escuchar cifras como “el 30%” o “el 20% por hijo”. Sin embargo, el Código Civil de la CDMX establece el principio de proporcionalidad: los alimentos se fijan según las posibilidades de quien debe darlos y las necesidades de quien debe recibirlos (art. 311). En la práctica, los jueces suelen expresar la pensión como un porcentaje del ingreso o como una cantidad fija, pero ese porcentaje se decide caso por caso. El Estado de México sigue el mismo principio.
¿Qué toma en cuenta el juez?
- Los ingresos comprobables de quien paga (nómina, honorarios, negocio) y, si no los hay, su nivel de vida y bienes.
- Las necesidades concretas: alimentación, escuela, salud, vivienda, transporte, actividades.
- El número de personas que dependen de quien paga.
- Lo que aporta cada progenitor, incluido el cuidado diario.
¿Qué incluyen los alimentos?
Según el artículo 308 del Código Civil de la CDMX, comprenden la comida, el vestido, la habitación, la atención médica y hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto; y para niñas, niños y adolescentes, además, los gastos de educación y para proporcionarles un oficio, arte o profesión adecuados.
Cómo prepararte
- Haz una lista mensual de gastos de tus hijos con comprobantes.
- Reúne información sobre el empleo o ingresos de la otra parte.
- Guarda actas de nacimiento y, si existe, el convenio o sentencia previos.
Si no se paga
Cuando ya existe una sentencia o convenio aprobado, se puede pedir al juez su cumplimiento: descuento en nómina, embargo y otras medidas. En la CDMX, el incumplimiento por más de 60 días puede llevar a la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, y dejar de pagar alimentos también puede tener consecuencias penales.
Preguntas frecuentes
¿La pensión alimenticia se paga aunque el papá o la mamá no tenga trabajo formal?
Sí. La obligación existe aunque no haya recibos de nómina; el juez valora otros elementos de capacidad económica.
¿Puedo pedir pensión retroactiva?
Depende del caso y de lo que se haya reclamado y probado. Es un tema que conviene revisar con tus documentos.
Fuentes
Esta guía es información general y no sustituye una asesoría sobre tu caso. Las leyes cambian; revisa la fecha de actualización.